{"id":1216,"date":"2021-04-25T16:24:18","date_gmt":"2021-04-25T16:24:18","guid":{"rendered":"http:\/\/taxreportitl.com\/el-plan-nacional-de-control-tributario-y-aduanero-2021\/"},"modified":"2021-04-25T16:24:27","modified_gmt":"2021-04-25T16:24:27","slug":"el-plan-nacional-de-control-tributario-y-aduanero-2021","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/taxreportitl.com\/ca\/el-plan-nacional-de-control-tributario-y-aduanero-2021\/","title":{"rendered":"El Plan Nacional de control Tributario y Aduanero 2021"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>LAS OPERACIONES VINCULADAS EN EL PLAN NACIONAL DE CONTROL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE 2021<\/strong><\/p>\n\n<p><strong>El Plan Nacional de Control Tributario y Aduanero para el 2021 vuelve a situar en el centro de atenci\u00f3n las operaciones vinculadas.<\/strong><\/p>\n\n<p>Las Directrices que contiene el Plan Nacional, publicado en el BOE el 19\/01\/2021, como en a\u00f1os anteriores, gira en torno a cinco grandes pilares:<\/p>\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Informaci\u00f3n y asistencia: Que adem\u00e1s de impulsar los canales de asistencia al contribuyente por medios electr\u00f3nicos, se prestar\u00e1 asistencia a los contribuyentes acogidos al SII (suministro inmediato de informaci\u00f3n). As\u00ed como otras actuaciones relacionadas con la campa\u00f1a de Renta, mejoras en la aplicaci\u00f3n m\u00f3vil y sistemas de autocorrecci\u00f3n de declaraciones de IRPF.<\/li><li>Prevenci\u00f3n de los incumplimientos. El fomento del cumplimiento voluntario y prevenci\u00f3n del fraude. A partir del censo de obligados tributarios y la correcta cumplimentaci\u00f3n de los modelos 036 y 037 y control de sociedades inactivas<\/li><li>La investigaci\u00f3n y las actuaciones de comprobaci\u00f3n del fraude tributario y aduanero. Con la utilizaci\u00f3n de nuevas fuentes de informaci\u00f3n como la recepci\u00f3n de informaci\u00f3n de cuentas financieras del extranjero (en em marco del proyecto CRS)l, la puesta en marcha del intercambio autom\u00e1tico de informaci\u00f3n sobre cuentas financieras de residentes en Espa\u00f1a, la informaci\u00f3n obtenida del SII y el avance en el an\u00e1lisis de riesgos. El control de la actividad digital y el comercio electr\u00f3nico.<\/li><li>El control del fraude en fase recaudatoria mediante la evaluaci\u00f3n del resigo recaudatorio en fase de comprobaci\u00f3n; adopci\u00f3n de medidas de derivaci\u00f3n de responsabilidad; adopci\u00f3n de medidas cautelares: la persecuci\u00f3n del delito contra la Hacienda p\u00fablica y el contrabando; el control de deudores con incumplimiento sistem\u00e1tico de obligaciones fiscales; el seguimiento de insolvencias aparentes; cooperaciones con otras Administraciones p\u00fablicas y el impulso en la utilizaci\u00f3n del SII.<\/li><li>La colaboraci\u00f3n entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Aut\u00f3nomas. Fundamentalmente basado en el intercambio de informaci\u00f3n.<\/li><\/ul>\n\n<p>En relaci\u00f3n a la <strong>INVESTIGACI\u00d3N Y LAS ACTUACIONES DE COMPROBACI\u00d3N DEL FRAUDE TRIBUTARIO,<\/strong> y centr\u00e1ndonos en los tributos internos, el Plan Nacional establece controles sobre:<\/p>\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li><strong><u>Grupos multinacionales, grandes empresas<\/u><\/strong> y <strong>grupos fiscales<\/strong> con atenci\u00f3n a las siguientes \u00e1reas:<\/li><li><strong><u>Medidas anti elusi\u00f3n:<\/u><\/strong> en el marco del proyecto BEPS que requiere la modificaci\u00f3n de los convenios internacionales<\/li><li><strong><u>Precios de trasferencia y operaciones transnacionales<\/u><\/strong>: En este terreno, se prestar\u00e1 especial atenci\u00f3n en 2020 al cumplimiento de las obligaciones de documentaci\u00f3n e informaci\u00f3n en materia de precios de transferencia, sin perjuicio del an\u00e1lisis sustancial de la valoraci\u00f3n de funciones, activos y riesgos contenidos en dicha documentaci\u00f3n En este terreno, se prestar\u00e1 especial atenci\u00f3n en 2021 al cumplimiento de las obligaciones de documentaci\u00f3n e informaci\u00f3n en materia de precios de transferencia, sin perjuicio del an\u00e1lisis sustancial de la valoraci\u00f3n de funciones, activos y riesgos contenidos en dicha documentaci\u00f3n.<\/li><\/ul>\n\n<p>este terreno, se prestar\u00e1 especial atenci\u00f3n en 2020 al cumplimiento de las obligaciones de documentaci\u00f3n e informaci\u00f3n en materia de precios de transferencia, sin perjuicio del an\u00e1lisis sustancial de la valoraci\u00f3n de funciones, activos y riesgos contenidos en dicha documentaci\u00f3n<\/p>\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li><strong><u>Establecimientos permanentes en Espa\u00f1a de entidades no residentes<\/u><\/strong>: poniendo \u00e9nfasis en la detecci\u00f3n de establecimientos permanentes no declarados debido a la inmediata merma de ingresos tributarios que ello produce.poniendo \u00e9nfasis en la detecci\u00f3n de establecimientos permanentes no declarados debido a la inmediata merma de ingresos tributarios que ello produce.<\/li><li><strong><u>Para\u00edsos fiscales y jurisdicciones privilegiadas opacas<\/u><\/strong>: las actuaciones inspectoras velar\u00e1n por la correcta aplicaci\u00f3n de las normas anti-para\u00edso existentes en la normativa.<\/li><li><strong><u>Control sobre grupos fiscales y de entidades:<\/u><\/strong><strong> <\/strong>el constante crecimiento del n\u00famero de los grupos que optan por tributar bajo estos reg\u00edmenes especiales, as\u00ed como la trascendencia que tiene el hecho de que una parte muy significativa de las bases imponibles y de la recaudaci\u00f3n derivada de estos tributos proceda de los obligados tributarios acogidos a estos reg\u00edmenes especiales, aconseja mantener el enfoque en un control tributario espec\u00edfico sobre la aplicaci\u00f3n de los citados reg\u00edmenes.<\/li><\/ul>\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li><strong><u>An\u00e1lisis patrimonial<\/u><\/strong> entre los que destaca la investigaci\u00f3n sobre el fraude que supone la simulaci\u00f3n de la residencia fuera del territorio espa\u00f1ol.<\/li><li><strong><u>Ocultaci\u00f3n de actividades empresariales o profesionales y uso abusivo de sociedades<\/u><\/strong> Como en a\u00f1os anteriores se reitera que la utilizaci\u00f3n de las formas societarias y las relaciones de \u00e9stas con los socios, trabajadores, administradores o personas vinculadas con ellos, as\u00ed como con otras sociedades controladas por las mismas personas, tambi\u00e9n ser\u00e1 objeto de an\u00e1lisis con el fin de verificar si se est\u00e1 produciendo una minoraci\u00f3n improcedente de la correcta tributaci\u00f3n de la actividad desarrollada. En definitiva, la interposici\u00f3n de personas jur\u00eddicas cuya principal significaci\u00f3n econ\u00f3mica sea la de servir como instrumento para canalizar rentas de personas f\u00edsicas cuya tributaci\u00f3n se ve reducida de modo irregular por la actual diferencia de tipos impositivos seguir\u00e1 siendo objeto de seguimiento general, sin perjuicio de atender a otras irregularidades como la indebida incorporaci\u00f3n a los resultados de la actividad de gastos personales de los socios no relacionados con \u00e9sta.<\/li><\/ul>\n\n<p>En resumen, las actuaciones de control tributario se centran en las habituales de cada ejercicio al que se ha incorporado el efecto que produce la informaci\u00f3n obtenida a trav\u00e9s del SII. En el \u00e1mbito de las operaciones vinculadas, el control se centra de nuevo en la comprobaci\u00f3n de actividades empresariales y profesionales que utilizan <em>de forma abusiva <\/em>sociedades, fundamentalmente sin estructura y que afecta a determinadas actividades, sobre todo profesionales.<\/p>\n\n<p>Enlace: <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2021-1379\">BOE.es &#8211; BOE-A-2021-1379 Resoluci\u00f3n de 19 de enero de 2021, de la Direcci\u00f3n General de la Agencia Estatal de Administraci\u00f3n Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021.<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>LAS OPERACIONES VINCULADAS EN EL PLAN NACIONAL DE CONTROL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE 2021 El Plan Nacional de Control Tributario y Aduanero para el 2021 vuelve a situar en el centro de atenci\u00f3n las operaciones vinculadas. 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